Jurisprudencia aplicada a Transporte Público
Según el artículo 159 de la ley 23 de 1982 y el artículo 15 decisión Andina 351 de 1993, todas las empresa de transportes que estén comunicando música al público, debe legalizar el derecho de autor.
Según el artículo 159 de la ley 23 de 1982 y el artículo 15 decisión Andina 351 de 1993, todas las empresa de transportes que estén comunicando música al público, debe legalizar el derecho de autor.