top of page

Fallo jurídico: Gestores individuales no pueden autorizar repertorio de la OSA

El pasado 12 de Julio del año en curso, el Juzgado 45 Civil Municipal de Bogotá falló a favor la OSA (Organización Sayco Acinpro) en una demanda en contra de la Sociedad INVERSIONES CONECCIONES Y CIA SAS (Aguapanela Internacional) propietaria de los establecimientos RESTAURANTE BAR AGUA PANELITA´S y DUBLIN IRISH PUB, por la comunicación pública de obras musicales del repertorio exclusivo de la OSA y que se viene utilizando, sin previa autorización.


En este caso, los demandados alegaron que habían obtenido sus autorizaciones de ANGEDAYCOL y/o ANAICOL, quienes funcionan como Gestores Individuales. Sin embargo, la Juez encargada del caso determinó que no se habían cumplido con los requisitos de Ley, ya que la autorización otorgada por el gestor individual “no especificó el repertorio que estaban autorizando” y, por el contrario, la OSA pudo probar que se estaban usando obras del repertorio universal de más de 30 millones de obras protegidas que no puede ser licenciado por ninguna otra entidad o individuo en Colombia.


Esto en conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1066 de 2015 en su artículo 2.6.1.2.1, el cual establece que los paz y salvos expedidos por los Gestores Individuales solo serán válidos cuando se individualicen las obras que se están licenciado y se compruebe que están comunicando y son de su representación.


La Juez determinó condenar al demandado a pagar las licencias por la comunicación pública de las obras que se vienen ejecutando sin autorización previa y le prohibió la utilización del repertorio de la OSA en sus establecimientos.


La OSA no tiene como objetivo alcanzar estas instancias judiciales, pero es primordial para la defensa de los Derechos de Autor y Conexos que los usuarios conozcan que los Gestores Individuales no cuentan con un repertorio extenso y sus licencias NO pueden cubrir el repertorio de la OSA, entidad que representa el 99% de la música nacional e internacional que suena en Colombia.


Si usted le ha pagado a un Gestor Individual y desconoce el repertorio que éste representa, no dude en contactarnos al 323-0899 ext 1202 donde responderemos sus dudas y le asistiremos en la correcta legalización de su establecimiento y a su vez, podrá dirigirse ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA), única entidad de Gobierno facultada para supervisar todo lo relacionado con los Derechos de Autor y Conexos en el país.



Clara Urazán. Directora Jurídica de la OSA

Featured Posts
Recent Posts
Archive
Search By Tags
Follow Us
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square
bottom of page